¿CÓMO DAR DE ALTA EL AGUA DE UNA VIVIENDA?

Si próximamente te vas a mudar a una vivienda nueva o vas a alquilar un piso, sabrás que algo fundamental y que siempre debes tener en cuenta es dar de alta el agua del que será tu nuevo hogar. Esta acción que a priori parece sencilla, tiene que cumplir un procedimiento.

Y es que, debes tener en cuenta que siempre que te plantees comprar una vivienda, este es uno de los pasos que se deben realizar para que la misma sea habitable. También, puede darse el caso que sea necesario dar el alta del agua en pisos de segunda mano o a la hora de alquilar, aunque es menos habitual.

Si te quieres informar sobre el proceso a seguir para contratar el suministro de agua de tu vivienda, sigue leyendo este artículo que te detallamos.

¿Cómo dar de alta el agua? 

Para poder disfrutar de este suministro, es necesario ponerse en contacto con la empresa encargada de suministrar el agua. Ahora bien, es importante conocer que cada zona o comunidad autónoma tiene una compañía de agua asignada por lo que el proceso a seguir para la activación del suministro de agua es muy posible que varíe según tu zona o área geográfica en la que esté ubicada tu vivienda.

Lo primero que debes hacer para empezar este procedimiento será conocer qué empresa es la que te corresponde según tu lugar de residencia para continuar con el siguiente paso.

Requisitos o documentación para dar de alta el agua de una vivienda

La documentación que tengamos que entregar no solamente dependerá de la empresa encargada, sino de otros factores, como si la vivienda es de obra nueva, de segunda mano o si el usuario es una persona física o una empresa. Sin embargo, hay algunos papeles que son comunes a entregar en todas las regiones de España. ¿Cuáles son?

  • NIF/NIE de la persona que realice la solicitud.
  • Impreso de solicitud del suministro.
  • Datos identificables (escritura pública de la propiedad) que demuestren que dicha persona es la propietaria del inmueble. Por otra parte, se tienen que aportar una serie de datos sobre la construcción, como la referencia catastral o si el arrendamiento del inmueble se debe a un uso comercial o de vivienda.
  • Cédula de habitabilidad, es decir, aquella acreditación concedida por la administración para demostrar que el inmueble reúne las condiciones necesarias para ser habitado.
  • Información bancaria, con el número de cuenta y certificado conforme se es el titular de la cuenta. El IBAN es obligatorio.
  • Carta de autorización si el solicitante es distinto que el titular.

En algunos casos, también se puede solicitar el boletín de agua. Este es un papel acreditativo en el que consta que la instalación de fontanería cumple con todos los requisitos marcados por la normativa vigente.

¿Cuánto cuesta? 

En nuestro país, este servicio depende de cada Ayuntamiento y de la ciudad, localidad o residencia donde se haga. Por ello, no se puede conocer el precio exacto de lo que costaría, aunque sí que podemos decir un precio medio que suele oscilar entre los 50 y 200 euros.

El coste también dependerá de los metros cuadrados totales de la construcción, el número de cuartos de baño, el tamaño de las tuberías, presencia de jardines o terrazas, etc.

¿Dónde dar de alta el suministro de agua? 

Normalmente, podemos contar con tres opciones:

  • De manera presencial. Se realiza en la oficina de la empresa encargada en la zona geográfica donde esté el inmueble.
  • Por vía telefónica. Habrá que aportar, o bien presencialmente, o bien por otro medio, los documentos anteriormente mencionados.
  • Por la propia página web de la compañía suministradora.

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